Tus derechos si ICE llega a tu casa o trabajo
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Respuesta rápida
Tienes derechos sin importar tu estatus: guardar silencio, no abrir la puerta sin una orden judicial firmada por un juez, y hablar con un abogado. Una orden de ICE (administrativa) NO autoriza a entrar a tu casa — solo una orden judicial firmada por un juez ("judicial warrant") lo hace. Pide verla por debajo de la puerta o por una ventana antes de abrir.
Datos clave
- ¿Abrir la puerta?
- Solo con orden JUDICIAL firmada por juez
- Guardar silencio
- Derecho constitucional — di "deseo guardar silencio"
- Firmar documentos
- NO firmes nada sin abogado
- Plan familiar
- Memoriza un teléfono; define quién cuida a los niños
Si llegan a tu casa
- No abras. Pregunta quiénes son y pide que pasen la orden por debajo de la puerta.
- Revisa: una orden válida para entrar dice "U.S. District Court", tiene tu dirección correcta y la firma de un JUEZ. Un formulario de ICE (I-200/I-205) no autoriza la entrada.
- Si entran sin permiso, no resistas físicamente. Di claramente: "No consiento a esta entrada" y "Deseo guardar silencio".
- No mientas ni entregues documentos falsos — eso crea problemas legales nuevos.
En el trabajo o en la calle
- Pregunta: "¿Estoy libre de irme?" Si dicen que sí, retírate con calma.
- Tienes derecho a guardar silencio sobre dónde naciste y tu estatus.
- No corras. Correr puede usarse como justificación para detenerte.
- Si te detienen, di que quieres hablar con un abogado y no firmes nada.
Ten un plan familiar preparado
- Memoriza (no solo guardes) el teléfono de tu contacto de emergencia y de una organización legal.
- Define por escrito quién cuida a tus hijos si te detienen; algunos estados permiten designaciones formales.
- Guarda copias de tus documentos importantes con alguien de confianza.
- Si tienes un proceso migratorio abierto, ten a la mano el número de tu caso (A-number).
Preguntas frecuentes
¿Qué es una orden judicial vs. una orden de ICE?
La judicial la firma un juez de una corte federal y puede autorizar entrar a un domicilio. Las órdenes administrativas de ICE (formularios I-200, I-205) autorizan un arresto migratorio pero NO la entrada a tu casa sin tu consentimiento.
¿Debo cargar mis documentos?
Nunca cargues documentos falsos ni de tu país que revelen tu nacionalidad si no es necesario. Si tienes estatus (green card, permiso), la ley federal pide llevarlo contigo.
¿Cómo encuentro a alguien detenido por ICE?
Con el localizador de detenidos en línea de ICE, usando el nombre completo y país de nacimiento, o el A-number si lo tienes.
Fuentes
- Formularios I-200/I-205 — órdenes administrativas de ICE (referencia)
- ICE — Localizador de personas detenidas
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